Publicidad
Publicidad

Dmedicina.com


Dmedicina.com

Cáncer

Si hay microcalcificaciones mamarias el médico de AP debe derivar al especialista

Cuando un médico se encuentra ante microcalcificaciones mamarias "tiene la obligación de consultar con los especialistas. Por tanto, ha de remitir a la paciente de forma urgente al ginecólogo o al oncólogo".
29/04/2008
Esto que puede parecer obvio, no lo fue tanto para un médico de atención primaria que, según el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, "asumió un riesgo innecesario" al considerar que no era preciso realizar hasta un año después otra mamografía ni revisión clínica a una mujer, a pesar de la existencia de microcalcificaciones y de que la paciente se había notado un nódulo en una mama.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Madrid ha censurado la actuación del facultativo y ha destacado la importancia de un diagnóstico precoz. El fallo ha entendido que "debía haberse realizado una ecografía con PAAF biopsia y/o resonancia magnética nuclear de la mama".

Según el tribunal, que acoge los argumentos de Álvaro Sardinero, abogado de la afectada, el facultativo infravaloró un signo que puede indicar malignidad como son las microcalcificaciones. Pero la sala no reprocha sólo el proceder del médico de primaria.

También censura la actuación posterior que recibió la paciente en un hospital. Finalmente la mujer tuvo que acudir a la sanidad privada, donde se le realizó una biopsia hepática con el informe anatomopatológico de metástasis de adenocarcinoma de instestino grueso.

El fallo estima que en el centro hospitalario se omitieron las pruebas diagnósticas adecuadas y posibles, "lo que determinó la aplicación de un tratamiento incorrecto". Además, el retraso ha repercutido negativamente en la paciente, que precisó un tratamiento más agresivo con secuelas físicas importantes e irreversibles.

Por todo ello, el TSJ ha condenado a la Administración a pagar 100.000 euros a la mujer por los daños y perjuicios causados.

Un tratamiento a ciegas
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid estima que a la paciente se le pautó un tratamiento a ciegas en el hospital. Según el tribunal, que acoge el informe del perito aportado por la afectada y el de la inspección médica, no se comprobó histológicamente qué tipo de metástasis tenía la mujer. Se clasificó como progresión hepática de neoplasia de mama sin confirmación alguna. Por lo tanto, se inició un tratamiento sin conocer el origen ni tener el diagnóstico definitivo.

El fallo explica que "no sólo se utilizó una primera línea quimioterápica equivocada, sino que ante una supuesta progresión, con alteración enzimática y hepática no se realizó ningún estudio diagnóstico histológico y se siguió una segunda línea de tratamiento quimioterápico incorrecto".
Herramientas de página
  • Delicious
  • Yahoo
  • Meneame
  • Digg
  • Technorati
¿Qué es esto?
Publicidad
Publicidad
Un web de Diariomedico.com
  • ©2008. Madrid. Unidad Editorial, Revistas