Condena por amputar un dedo del pie a una paciente en vez de reparárselo
El
SAS indemnizará con 39.162 euros a una paciente que fue operada en un hospital de Málaga por amputarle el primer dedo del pie izquierdo en vez de realizarle una reparación mediante cirugía.
19/02/2007
La resolución establece que, "a pesar de que existían sospechas de déficit de riego en el citado miembro", el tratamiento de isquemia debió consistir en la reparación quirúrgica del daño arterial "y no en la supresión del dolor". Según el fallo "se produjo una lesión arterial que no fue advertida en el acto quirúrgico ni en el postoperatorio inmediato".
Los hechos ocurrieron el 1 de noviembre de 2000, cuando la afectada, de 21 años, fue intervenida de hallux valgus, una desviación en el primer dedo del pie izquierdo, con el miembro en isquemia.
Días después de la intervención quirúrgica, en concreto entre el 2 y el 12 del citado mes, la paciente aseguró que el dolor se mantenía, mostrando el dedo amoratado y frío, por lo que miembros del centro sanitario le realizaron una serie de pruebas hasta que el 20 de noviembre fue dada de alta con el miembro necrótico.
Posteriormente, el 8 de marzo de 2001, la afectada ingresó en el hospital del municipio, donde se le amputó la falange distal del dedo y se extrajo el material de osteosíntesis, confeccionándole, más adelante, una ortoprótesis sustitutiva del primer dedo.